¡Ojo! Conozca aspectos sobre la declaración de ISLR para Personas Naturales en Venezuela

A propósito del deber tributario de declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISLR), según sea el caso, y tal como lo establece las leyes venezolanas antes del 31 de marzo por el ejercicio fiscal 2020, recientemente, Susana Apóstol, Contador Público Colegiado, Especialista en Derecho Tributario y representante de ALS Consultoría y Capacitación.

“Ya está publicado en la Imprenta Nacional el Decreto de Exoneración N° 4.420 de ISLR a Personas Naturales Residentes para el ejercicio fiscal 2020, según Gaceta Oficial Número 42.049, el cual no refiere a salarios, sino a Unidades Tributarias (UT) y es de aplicación general”, declaró la especialista en Tributos.

Señaló Apóstol, que los antecedentes del procedimiento de exoneración para las Personas Naturales Residentes en el país, es un mecanismo que se ha venido aplicando en los últimos años, porque la Ley del ISLR establece una base de exención de apenas 1.000 UT para el caso de las personas que reciben los ingresos netos, que son sueldos y salarios; mientras que para quienes perciben ingresos brutos como Honorarios o Personas Naturales comerciantes la base de exención es de apenas 1.500 UT; para los que se dedican a la actividad agrícola, pecuaria, pesquera o piscícola a nivel primario es de 2.625 UT, “esa base de exención, en teoría, debe cubrir el mínimo vital de las PNR en el país”.

Asimismo, detalló: “El nuevo decreto aplica a todas las PNR en el país. A la determinación del ISLR: A sus ingresos usted le va aplicar una exoneración de 5 mil UT equivalentes a 7 millones y medio de bolívares, “se pudiera interpretar que es un caso absolutamente ‘hipotético’ porque imaginamos que la mayoría de las personas recibieron un ingreso mucho mayor, ejemplo:

Una persona percibió durante el año 2020, 10 millones de bolívares en todo el año, a esos 10 millones de bolívares de ingreso le va aplicar una exoneración de 7.500.000,00 bolívares quedando entonces solamente 2.500.000,00 bolívares como enriquecimiento neto gravable o como ingreso bruto, según sea el caso, es decir según el tipo de persona natural que esté haciendo su determinación de renta para sobre esto calcular el resto de los elementos que contiene la Ley del ISLR, lo cual generaría pagar impuesto aún sin haber podido cubrir sus necesidades, tomando en cuenta el actual escenario económico del país”.

¿Existen rebajas por cargas familiares?

“Claro las rebajas por ser persona y además las rebajas por cargas familiares que estén registradas en el portal del Seniat, eso siempre ha existido, siguiendo un balance, porque el ISLR pecha tus ingresos, pero respeta la integridad de tu manutención de poder tener un hogar, de la educación, del derecho a poder tener salud y sobre los supuestos excedentes que tu pudieras ganar en el año es que se aplica una tasa para colaborar con la renta de un país, esa es la intención tributaria, pero en Venezuela este principio no funciona así.

Al referirnos a Personas Naturales y tributos, si bien es cierto que nuestra Constitución establece claramente que todos los ciudadanos de un país deben contribuir con las cargas públicas, no es menos cierto que esta misma Carta Magna resalta principios fundamentales, como lo son: la progresividad del tributo, la no confiscatoriedad para garantizar, ante todo, que las personas tengan disponibilidad para poder desarrollarse en el país”.

¿Los Bonos otorgados a través del Carnet de la Patria deben incluirse en los ingresos para el cálculo del ISLR?

“Si nos abocamos a lo contemplado en la Ley del ISLR, estos bonos, son incremento patrimonial, en teoría es un ingreso que entra al flujo de dinero, aún y cuando no esté identificado como una actividad económica, porque no proviene de ello, podría analizarse que debía ser incluido en la declaración de renta.

Sin embargo, el apartado de su gravabilidad o no, es el origen de ese ingreso, y en este caso tiene un tinte técnicamente de “donación o de apoyo social por parte del Estado”, es una ayuda del Estado, por lo que mal podría ser gravable. La recomendación es que la estructura que le da piso a los Bonos de la Patria, debería indicar que éstos se considerarán ‘no gravables’ por ningún tipo de tributo”.

¡Exige tu factura!

Durante la entrevista radial, Apóstol, dejó claro que gran parte de los venezolanos deben declarar y además pagar, por lo que recomendó solicitar facturas fiscales de todas las transacciones, en especial de aquellas que permitan deducir como desgravamen la renta gravable en el pago del ISLR.

Es necesario que solicite, por ejemplo, soporte (factura fiscal) de los servicios médicos de su persona, cónyuge o hijos hasta los 25 años de edad si están estudiando y registrados en su carga familiar, igual pueden incluir los gastos derivados a educación.

También es admisible una parte por arrendamiento de la vivienda que constituya su residencia o los intereses por vivienda principal. Si la persona natural posee ingresos por conceptos de sueldos y salarios no podría deducir los gastos por servicios a internet, agua, servicios públicos; de ser unipersonal si es deducible si forman parte de sus costos y/o gastos.

“Nadie puede negarle el derecho a solicitar una factura porque esto es un deber establecido en el Código Orgánico Tributario (COT), las personas que prestan servicios o venden bienes están obligados a entregar la factura, asimismo, las personas naturales están obligadas a ‘exigir factura’ porque el COT también contempla sanciones por la no exigencia de una factura fiscal”, explicó Apóstol.

“La salud financiera del país es muy importante y efectivamente la Constitución establece que todos estamos obligados a contribuir con las cargas públicas y es sano para las personas naturales hacerlo, es sano que tengan la oportunidad de contribuir con su país y de justificar de qué manera se generan sus ingresos, incluso cuando estás pensando en irte a otro país, es muy sano a nivel de lo que se establece como ‘claridad en su manejo financiero’ para evitar cualquier tipo de calificación (en cuanto a lavado de dinero) que tus declaraciones tributarias sean transparentes y debe hacerse con justicia.

Reconocer el mínimo vital de los ciudadanos en un país no es hacer una exoneración por hacerla, porque no tiene sentido si con eso no se está beneficiando a quién debe beneficiar que es la cantidad de personas que probablemente escasamente logran cubrir sus necesidades cada mes y que sin embargo también deban contribuir de una manera no proporcional y no justa. Sin embargo, no olvidemos que realizar las declaraciones al ISLR de la manera correcta es necesario, es bueno para el Estado y es bueno para el individuo y sociedad en general”, concluyó la especialista.

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Prensa ALS Consultoría y Capacitación