Un vistazo: Descubre la importancia de los donadores de órganos y quienes pueden donar

Trasplante
Trasplante

La primera semana de junio se celebra en España el Día Nacional del Donante de Órganos y Tejidos, con la finalidad de sensibilizar a las personas sobre la donación de órganos y tejidos a pacientes para salvar sus vidas.

El organismo coordinador del sistema español de donación y trasplante de órganos y tejidos es la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).

La donación y trasplante de órganos y tejidos en España está regulada por la Ley sobre Extracción y Trasplante de Órganos. Es un instrumento legal aprobado en el año 1979 por las Cortes Generales españolas.

Dicho instrumento legal vela por el cumplimiento de los siguientes aspectos:

– El altruismo de la donación y la no comercialización de órganos.

– Respeto a la voluntad de personas fallecidas, acerca de la decisión de donar sus órganos y tejidos.

– Garantizar el anonimato del donante de órganos y tejidos.

– Determinar los centros legalmente autorizados para realizar trasplantes de órganos y tejidos.

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Trasplante de Organos

¿En qué consiste la donación de órganos y tejidos?

Consiste en la extracción de órganos o tejidos del cuerpo de una persona recién fallecida o de un donante vivo, para implantarlo en sustitución de algún órgano o tejido en una persona viva.

Los órganos, tejidos y precursores hematopoyéticos que se pueden donar son los siguientes:

Órganos sólidos:

– Riñones.

– Corazón.

– Hígado.

– Páncreas.

– Estómago.

– Intestinos.

– Pulmones.

Tejidos:

– Médula ósea.

– Piel.

– Huesos.

– Estructuras osteotendinosas.

– Córnea.

– Tendones.

– Válvulas cardíacas.

– Segmentos vasculares.

Precursores hematopoyéticos:

Son las células madre que se extraen de la sangre de:

– Cordón umbilical.

– Placenta.

La donación de órganos y tejidos se considera un acto altruista que puede salvar o mejorar la vida de otras personas, cuya salud esté comprometida o en situación de riesgo.

¿Quiénes pueden ser donantes de órganos y tejidos?

De acuerdo a la Ley sobre Extracción y Trasplante de Órganos de España, cualquier persona es donante de órganos y tejidos, a excepción de aquellas personas que en vida manifiesten lo contrario.

No basta con manifestar en vida la voluntad y disposición de donar órganos y tejidos, ya que el donante debe cumplir con las siguientes especificaciones:

– Mayor de edad.

– Gozar de buena salud física y mental.

– Someterse a una evaluación médica previa, a fin de determinar su compatibilidad con el receptor del órgano o tejido.

– En el caso de personas recién fallecidas, se consulta a sus familiares y allegados sobre la voluntad del fallecido, con respecto a la donación de órganos y tejidos.

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Los tipos de donantes de órganos y tejidos son los siguientes:

Donantes fallecidos por las siguientes causas:

– Muerte encefálica por accidentes de tránsito, laborales.

– Si el fallecimiento ocurre en una Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).

– Asistolia por paro cardíaco.

Donantes vivos que sean compatibles con el receptor del órgano o tejido:

– Parientes consanguíneos.

– Personas allegadas o vinculadas al entorno social y laboral del paciente.

– Personas anónimas.