Pena máxima por violar a sus dos hijastros

Los hechos ocurrieron en el año 2019 dentro de un hogar de Puerto Ordaz

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia confirmó la condena de 30 años de prisión impuesta a Gregory José Ávila Méndez, acusado de violar a sus dos hijastros, una niña de 6 años de edad y un niño de nueve. Tal decisión está contenida en la sentencia N° 421 redactada por la magistrada Carmen Marisela Castro y avalada por los otros integrantes de la Sala Maikel Moreno y Elsa Gómez.

Los hechos ocurrieron en el año 2019 dentro de un hogar de Puerto Ordaz (Bolívar) donde Naiuduth María Martínez García entabló una relación con Gregory José Ávila Méndez. Ella se lo presentó a sus dos hijos (hembra de 6 y varón de 9) como “su nuevo papá”.
Al narrar los hechos delictivos investigados por Fiscalía en relación a Ávila Méndez, la Sala Penal señala que “este ciudadano aprovechaba los momentos en los que se quedaba a solas con los niños y los abusaba sexualmente. A la víctima de nueve años de edad, la obligó en varias oportunidades a desvestirse y acostarse en la cama, amenazándolo que sí contaba algo de lo sucedido le pegaría con una correa”.

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Además del abuso sexual continuado cometido contra los niños, la investigación reseñada por la Sala Penal refiere que el sujeto les infligía maltratos físicos “utilizando correas, cables como forma de corrección contrarias al derecho al buen trato que tiene todo niño, niña y adolescente”.

En septiembre de 2019 el Ministerio Público solicitó enjuiciar a Ávila Méndez, proceso que concluyó el 12 de marzo de 2020 cuando el Tribunal 1° de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de Bolívar, extensión Puerto Ordaz, condenó al sujeto a 30 años de prisión.

Lo condenaron por abuso sexual al niño con penetración en acción continuada, entre otros delitos. El abogado del procesado intentó que se anulara la condena pero la Corte de Apelaciones la confirmó. En virtud de ello acudió a la Sala Penal para denunciar, entre otros, que la condena contra su cliente estaba preconcebida. Los magistrados encontraron sin fundamento tal denuncia y dejaron viva la condena de 30 años.

Con información de: UN