Publican en Gaceta Oficial normas de capitalización bancaria

La Sudeban actualizó los niveles de capitalización del sistema bancario, estableciendo un plazo de seis meses para que los bancos actualicen el capital social

La Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) publicó en Gaceta Oficial N° 42.412 la resolución que establece el nuevo requisito de constitución de capital social para la Banca.

Banca y Negocios, publicó que en el documento precisan que es equivalente a un monto no menor a 3% del valor del activo expresado en los balances de publicación al 31 de diciembre de 2021.

De esta manera, actualizan  los niveles de capitalización del sistema bancario, estableciendo un plazo de seis meses para que los bancos actualicen el capital social.

El pago y la suscripción de estos aportes de capital podrán hacerse en dos partes.

Según la Sudeban, la capitalización debe hacerse en no menos de 60 % con aportes de dinero en efectivo de los accionistas de cada institución, mientras que el restante, en 40 %, podrá constituirse con la capitalización de resultados acumulados.

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Igualmente, la resolución establece un mecanismo para el reconocimiento de activos condicionados.

Capital mínimo

Igualmente, la resolución establece nuevos requisitos mínimos de capital social para constituirse para bancos y casas de cambio:

– 1.200.000 veces del tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela para las entidades autorizadas como Banco Universal, cuyo asiento sea el Área Metropolitana de Caracas, Guarenas, Guatire, San Antonio de Los Altos, Los Teques, Valles del Tuy y La Guaira.

– 1.000.000 veces del tipo de cambio de mayor valor publicado por el BCV para instituciones que se constituyan como bancos universales regionales en cualquier otra jurisdicción del territorio nacional.

– 800.000 veces del tipo de cambio de mayor valor publicado por el BCV para bancos especializados microfinancieros y de desarrollo, debidamente autorizados por la Sudeban.

– 200.000 veces del tipo de cambio de mayor valor publicado por el BCV para la constitución de casas de cambio.

Esta norma coloca el capital social mínimo para constituir un banco universal, ubicado en la región capital, en una cifra aproximada de 6,9 millones de euros.

En consecuencia, teóricamente la Banca debería alcanzar un capital social mínimo consolidado de 896,3 millones de bolívares, o 195 millones de dólares al valor oficial.

Con información de: LaVerdad