Mediante la Gaceta Oficial número 42.092, en el Decreto nº 4.571 establece el reglamento parcial que regularán las normas de la expedición, renovación y prórrogas del pasaporte venezolano
En la norma se dictó el Reglamento Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Identificación, relativo a la expedición, renovación y prórroga de pasaportes.
Se agregó que la vigencia será de 3 años para los menores de 3 años de edad y de 5 años para los niños, niñas y adolescentes mayores de 3 años de edad y menores de 18
El pasaporte ordinario deberá expedirse en un lapso de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la consignación de los recaudas y de la roma del registro facial del solicitante
Leer También: Saime reprogramara citas para pasaporte y prorrogas
Prorrogas del pasaporte
En la Gaceta Oficial se indicó además que cuando el pasaporte otorgado a un ciudadano aún esté en óptimas condiciones físicas que permitan prolongar su vida útil, podrá extenderse por una sola vez por un período de cinco años
Se indicó que la prórroga contendrá los mismos datos y registro biométrico. Y que el ministerio con competencia en materia de identificación establecerá los mecanismos para extender la vigencia de los pasaportes sin quebrantar sus elementos de seguridad