Nelson Torcate nuevo Procurador General del estado Lara

El Consejo Legislativo del estado del Lara, (Clel) en sesión ordinaria autorizo a la Gobernadora  Carmen Meléndez, para que designe al abogado Nelson Torcate como nuevo Procurador de la Entidad larense.


Los nueve diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela dieron la autorización con sus respectivos votos, a la  propuesta hecha por la mandataria, quien solicitó su consideración el pasado 4 de enero de 2018.

En tal sentido la Constitución del Estado Lara establece en el Capítulo VIII,  “ De las Atribuciones y Obligaciones de la Gobernadora o Gobernador del Estado”, nombrar  funcionarios adscritos al Ejecutivo, y en ese sentido el CLEL procedió a respaldar la designación del abogado Nelson Torcate como jefe de la Procuraduría del Estado Lara, ente que asesora jurídicamente a los órganos del Poder Público Estadal y ejerce la defensa y representación judicial y extrajudicial de los derechos, bienes e intereses patrimoniales del Estado.

El citado funcionario deberá cumplir con las atribuciones  establecido en el Capitulo X de la Constitución del estado Lara, “De la Procuraduría del Estado”,  tales como defender la hacienda pública estadal; concurrir ante el Consejo Legislativo cuando le sea requerido expresamente, y evacuar las consultas que le fueren sometidas por los entes públicos estadales; presentar anualmente ante el Consejo Legislativo, dentro de los primeros quince (15) días del primer período de sesiones ordinarias, un informe de su gestión y la cuenta sobre el manejo del presupuesto asignado; elaborar y presentar al Poder Ejecutivo del Estado Lara, el proyecto de presupuesto anual de la Procuraduría General del Estado Lara; dictar el Reglamento Interno relativo a la estructura organizativa y funcional de la institución;  informar al Ejecutivo y al Consejo Legislativo, sobre los asuntos que considere pertinentes y rendir los dictámenes que esos órganos le soliciten; dictaminar en los casos que le señalen las leyes o cuando lo creyere conveniente en aras del interés público, conforme lo determina esta Constitución, la Ley de la Procuraduría General del Estado Lara y otras leyes aplicables y las demás atribuciones que le señalen la Constitución y las leyes.

 

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