Defensora Pública: “El poder judicial no tiene capacidad de atender a tantas personas”

"Después viene el sistema policial: el sitio de reclusión no es el adecuado, no hacen los traslados", señala la Defensora.

El primer trabajo como defensora pública de presos que le asignaron a Marisela Castro Gilly fue asistir jurídicamente a un violador en serie muy famoso en los años 80’, que solía captar a sus víctimas en el estacionamiento del Centro Comercial Ciudad Tamanaco. “El pagó condena por violación y cuando le dieron libertad, volvió a violar”, recordó la abogada.  

El día que se inició ese juicio, Castro Gilly llegó temprano al Palacio de Justicia de Caracas donde le esperaba un grupo de víctimas que le gritaban en su cara cualquier cantidad de frases insultantes “porque estaba defendiendo a un violador”.  

Han pasado más de 30 años de aquél episodio del violador que fue condenado y Marisela Castro, ahora como Defensora Pública General, reflexiona sobre la claridad que deben tener los abogados para ejercer la defensa de cualquier procesado. “A todo preso se le debe resguardar sus derecho; sea culpable o no”, dice en entrevista para Últimas Noticias. “Yo hice lo mejor que pude por ese violador: que quedara tras las rejas”, acotó.  

Conoce el “monstruo” por dentro porque desde que se graduó de abogada en la Universidad Central de Venezuela ha trabajado en la Defensa Pública, institución que ofrece ayuda gratuita a los privados de libertad que no tienen cómo pagar un abogado privado.  

Pero está clara que cualquiera de esos funcionarios puede caer en la tentación de cobrarle al preso dizque para agilizar el trabajo. Para atenuar esos demonios, Castro aconseja denunciar directamente en la sede nacional de la Defensa Pública ubicada en el Bulevar El Panteón, si acaso en la delegación regional se hacen los locos.  

Al llegar a su despacho la encontramos sacando cuentas para para estirar los recursos, ahora que la Defensa Pública es un organismo independiente del Poder Judicial. “Antes nuestras sedes estaban en los palacios de justicia, ahora debemos buscar espacios propios”, comentó. 

—¿Cómo nace la Defensa Pública General? 

—La institución de la Defensa Pública comienza en el año 1.915 y pertenecía al Ministerio de Justicia. Era una dirección de ese Ministerio porque estaba prevista en el Código de Enjuiciamiento Criminal y era para las personas que no tenían cómo costearse un abogado privado. Posteriormente en el año 2000 se crea el Consejo de la Judicatura, que es el órgano administrativo del Poder Judicial y pasa la Defensa Pública a ese poder.  

—¿Cómo es el día a día de un defensor público? 

—El defensor hace sus guardias en los tribunales de control, al igual que el fiscal y el juez. Estamos las 24 horas del día los 365 días del año. Una vez que le asignan un expediente, el defensor le sigue el procedimiento a ese privado de libertad hasta que es condenado o absuelto. Si es condenada pasa al defensor de ejecución.  

—Además del área penal, ¿en qué otras actúa la Defensa Pública? 

—Tenemos responsabilidad penal del adolescente. También contamos con defensores municipales que asisten a las personas incursas en delitos leves; es decir, cuyas penas son menores a ocho años de prisión. Tenemos también defensores penales militares, en materia de violencia contra la mujer, la materia especial policial; agraria-pesquera, indígena, laboral, inquilinato, protección de niños, niñas y adolescentes y defensores electorales.  En ese desarrollo de otras áreas contamos con más de 1.400 defensores públicos.  

—Ustedes que están metidos en el día a día del mundo penal, ¿por qué se retardan los juicios a personas procesadas? 

—Yo diría que el responsable es el sistema. Por ejemplo, el Poder Judicial no tiene la suficiente estructura o los suficientes tribunales para atender a tantas personas involucradas. Después viene el sistema policial: el sitio de reclusión no es el adecuado, no hacen los traslados. El sistema penitenciario también tiene muchas fallas. Entonces, cuando la persona ingresa al sistema de justicia se va a encontrar con una serie de trabas. Los retardos procesales se originan porque a veces no va el fiscal, hay mucho trabajo y difieren el juicio para otro día. Sin contar que ahorita estamos en una crisis mayor por la pandemia. Las leyes también influyen porque comienzas a hacer más represivas y con pocos beneficios para algunos procesados. No es lo mismo el que consume y le encontraron un poquito de droga al traficante. 

—¿Qué consecuencias trajo la pandemia al sistema de justicia? 

—Con la pandemia prácticamente todos los tribunales estaban paralizados; los únicos que habían eran los tribunales de flagrancia. Eso generó cualquier cantidad de detenidos. Allí sí hubo el verdadero retardo procesal. Los tribunales de ejecución (para imponer las condenas) duraron muchos meses sin trabajar. Claro luego se fueron buscando formas alternativas para seguir con los procesos. Pero todo eso generó que los centros de detención preventiva (retenes) colapsaran. No es la primera vez que esto ocurre.  

—¿Recuerda algún otro momento de retardo procesal en el país? 

—A comienzos de los años 80 se presentó una situación similar y se aprobó la Ley de Sometimiento a Juicio y Suspensión Condicional de la Pena. Dio buenos resultados. Salió un gentío y descongestionó los establecimientos. Había un equipo que evaluaba a los presos, muchos delincuentes primarios, eran sometidos a un examen psicotécnico, le daban la libertad bajo cierto régimen y el reo no caía en esa vorágine de las cárceles. Ahorita tuvimos un caos porque hubo muchos detenidos en medio de la pandemia recluidos en centros de detención preventiva. De allí nació la Comisión Especial para Revolución del Sistema Judicial que está ahorita en pleno trabajo para resolver el asunto de quienes están detenidos en centros de reclusión preventivas. 

—¿Cuánto tiempo debe permanecer un privado de libertad en un centro de detención o retén, bien sea policial o militar? 

—En esos el detenido debe pasar 48 horas, sean trasladado al tribunal y luego les busquen un centro de reclusión adecuado. Ese es el deber ser.  

—¿Cómo ha funcionado la Comisión Especial para la Revolución Judicial la cual tenía un lapso de 60 días otorgado desde el Consejo de Estado? 

—Vamos bien. No sabemos si se va a prorrogar porque ya nosotros hicimos una primera reunión y se hizo el balance de las metas que nos propusimos. Es decir, la Comisión Judicial se trasladó a toda Venezuela, se conformó en todos los sitios de reclusión de cada estado, de cada región, de cada pueblo. Está conformada por dos diputados, el Fiscal, el Defensor, el Defensor Público, un representante del Ministerio Penitenciario, Policía Nacional, Guardia Nacional. Se fue ampliando, porque nos dimos cuenta que hay personas detenidas que no tienen casa o que están muy enfermas: entonces en cada región la comisión de salud del estado o de la alcaldía se incorporó porque es un plan general. 

—¿Logró destrabarse el retardo procesal del cual habló el presidente Nicolás Maduro cuando anunció la Comisión el 21 de junio? 

—Sí. Logró destrabarse. El retardo de las personas detenidas en centros de detención preventiva y activar los juicios. Había mucha gente detenida que no había pasado a la fase intermedia ni a la de juicio. Podía haber estado acusado y le pudieron haber hecho la audiencia preliminar, pero hasta allí llegaba su proceso. No pasaba a juicio. Entonces estaba en esa fase intermedia que no pasaba. Y los juicios también se retardaban. 

—¿Cuántas medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad fueron otorgadas en ese abordaje? 

—Hubo el mayor número de libertades pero sin impunidad. Muchísima gente con delitos menores o que le correspondían una medida cautelar. A raíz de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal (Copp) nosotros pasamos del sistema inquisitivo al sistema acusatorio. Qué dice el sistema acusatorio: que la libertad es la regla y quedar detenido es la excepción. La ley (Copp) dice que las personas deben ir a juicio en libertad, la excepción es que lo dejen detenido.  

—¿Y ese principio se va a privilegiar a partir de esta experiencia? 

—Eso siempre se ha hecho. 

—Pero lo que nos dice la experiencia es que en los retenes policiales hay personas que pudieran habérsele decretado un juicio en libertad. 

—Sí. Una medida cautelar, porque ellos no están en libertad plena. Entonces qué pasaba: a veces los jueces y fiscales, como no tenían al momento los suficientes elementos comprobatorios, pero se trataba de una persona incursa en un delito grave, le decretaban una medida cautelar, una fianza por ejemplo. Pero entonces colocaban una fianza inejecutable. Porque a una persona sin dinero, le pedían dos fiadores que ganen tantas unidades tributarias. Eso en la práctica no se ejecutaba. 

—¿Qué pasará con aquellos privados de libertad a quienes beneficiaron con una medida cautelar en este abordaje de la Comisión y vuelven a incurrir en un delito? Aquellos que roban para comprar droga, por ejemplo.  

—La persona que sale se le colocan unas condiciones, si no las cumple vuelve otra vez a la cárcel. 

—Ya pasaron los 60 días que el Consejo de Estado otorgó a la Comisión Especial para que acometiera el abordaje en los retenes y cárceles nacionales. ¿Qué viene ahora? 

—En la primera etapa se buscaba sincerar qué es lo que hay. Porque allí hay muchas personas con enfermedades graves que debieran estar en otro sitio. Se hizo un balance. Por ejemplo, aquellos que padecen enfermedades terminales se enviaban a su casa. Por las condiciones se fue determinando que había gente que calificaban para una medida. Habían penados que le correspondían alguna medida y no se había ejecutado porque había mucha lentitud en sacarle los cómputos para la redención. 

—¿Qué dice la ley respecto a la redención de los privados de libertad? 

—La ley dice que toda persona tiene derecho a la redención mediante el trabajo y el estudio. Pero como estaban en un centro de detención preventiva donde no podían trabajar ni estudiar, entonces los jueces no estaban dando redenciones. Eso no fue orden de nadie. 

—¿Quién es el encargado de proporcionar el cómputo sobre el tiempo que el preso lleva trabajando o estudiando? 

—Los tribunales de ejecución. Una vez que la persona es penada, el expediente pasa a un tribunal de ejecución donde hacen el cómputo de la pena. El defensor o el centro penitenciario solicita las opciones: si al preso le sale redención o régimen abierto, entre otros. Cuando tú cumples un tercio de la pena ya optas a algún beneficio. Con ese tercio ya vienen acumulados otros beneficios porque los juicios demoran mucho. Este sistema penal es para que en principio la gente esté procesada en libertad. La libertad es la regla. 

—Volvemos al punto. ¿Usted no cree que hay muchas trabas para el cumplimiento de ese principio? 

—No tanto, porque el detenido tiene muchas opciones. Cuando le hacen la audiencia preliminar él puede admitir los hechos, el juez lo condena sin necesidad de juicio y hay una rebaja sustancial de la pena que se imponen. Y si queda en menos de cinco años esa pena, él sale en libertad. Después, cuando ya eres penado, al cumplir un tercio de la condena te toca régimen abierto, luego confinamiento y destacamento de trabajo, entre otros beneficios procesales. 

—¿Cuáles son en su criterio las principales lecciones que ha dejado este abordaje de la Comisión Especial a los establecimientos penitenciarios? 

—La Comisión se propuso tres etapas. Esta primera que era sincerar todos los problemas que existían con los juicios, el retardo, sitio de reclusión, el por qué una persona con delito leve todavía seguía detenido, por qué un penado estaba todavía en un retén policial cuando debía estar en una cárcel. Esto permitió que cada institución de reclusión se sincerara y pusiera sobre la mesa sus problemas. Así se hizo.  

—¿Y por qué habían penados purgando su condena en los retenes policiales? 

—Porque había corrupción. Y el penado no quería irse a una cárcel. También tenemos un problema de comunicación. Por ejemplo, otorgan una libertad, sale la boleta de excarcelación y para que esa boleta llegue a un centro de detención es un entramado terrible y eso no funciona. Allí se quedaba como en el aire y la persona seguía detenida.  

—¿En qué consiste la segunda etapa del trabajo diseñado por la Comisión Especial? 

—Viene la revisión de las leyes penales. En ese sentido la Defensa Pública está integrada a mesas de trabajo en la Asamblea Nacional. La tendencia es hacer un código penal único. Reformar el Código Penal vigente e incluir todas las leyes penales. Ya no va a estar la Ley Orgánica de Drogas por aquí y la Ley contra la Corrupción por allá. Se está compilando todo. Estamos de acuerdo con esa metodología. 

—¿Y se tiene previsto reformar el Código Orgánico Procesal Penal? 

—Consideramos que no hay tantas fallas en ese código. Se tiene que cambiar el sistema. Se está implementando, es una de las cosas que se está trabajando con las casas de justicia y Paz; que ayudaría muchísimo a descongestionar el sistema penal. ¿Por qué? Porque esas casas de justicia van a estar en las comunidades con un fiscal, un juez y un defensor público. Ya se comenzó con los delitos menores que ya se juzgan en los tribunales municipales. Los delitos con penas menores a ocho años. La comunidad va a participar. Las penas pueden ser que el delincuente limpie la zona. Trabajos comunitarios. Vamos a cambiar de paradigma. Eso es progresivo.  

—¿Ese plan de las casas de justicia está paralizado o sigue su curso? 

—Ya se está retomando. Por ejemplo aquí en Miranda ya hay más de 20 casas de justicia.  

—¿Quién vigila al Poder Judicial?. ¿Quién chequea que esté cumpliendo con su deber de administrar justicia, entre otras funciones?. Porque usted hablaba de falta de comunicación entre los actores del sistema. 

—Nadie. Porque cada quien tiene sus mecanismos de control y cada institución trata de velar que se cumpla lo determinado en las leyes. Por ejemplo si la Defensa Pública ve que hay una irregularidad con el Fiscal del Ministerio Público la denuncia al Fiscal General. Igualmente aquí. Nosotros contamos con una oficina de inspección. 

Al detal 

  • ”Con la Constitución de 1999, que ya viene con un concepto más humanista, se crea la Defensa Pública como una institución autónoma. Si bien forma parte del sistema de justicia, tiene autonomía funcional y administrativa”.    
  • “En el año 2007 se promulga la Ley Orgánica  de la Defensa Pública donde están contempladas las materias de competencia: tenemos las materias penales y no penales”.  
  • “Si un consejo comunal, por ejemplo, cuyos miembros se eligen en comicios universales, pueden ir perfectamente a impugnar cualquier acto de ese proceso electoral y pueden pedir a la Defensa Pública que les nombre un defensor electoral para que los asista en la impugnación”.  
  • “La gratuidad y la calidad es nuestro norte. Pero si un familiar de preso es presionado por un defensor para que pague por el servicio, debe denunciar. Yo, familiar, voy al coordinador y pongo la denuncia. Y si veo que el coordinador es el primer corrupto, debo venir a la sede central en Caracas y nosotros instruimos el expediente. Aquí se entra por vocación pero tienes la opción de irse a ejercer el derecho privado”. 

Información de: ÚN