Según decreto de la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.360, publicada el pasado 19 de enero, quedó establecida una nueva Unidad de Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo (Ucau), con un valor de 10.850 bolívares que será utilizada para las operaciones relacionadas con contrataciones públicas en sustitución de la Unidad Tributaria.

De acuerdo con el enunciado, la tarifa de la Ucau se usará en contrataciones públicas, el establecimiento de los montos relativos al manejo de caja chica, el cálculo de viáticos en el sector público y el establecimiento del límite máximo de los créditos presupuestarios que podrán manejar anualmente los responsables de las unidades administradoras, según reseñó Versión Final.

La principal diferencia es que la Ucau tiene un valor mucho mayor a la UT, fijada en 300 bolívares, que es usada para calcular el valor del Impuesto sobre la Renta, multas, sanciones administrativas, el bono alimenticio y servicios públicos.

Otra diferencia es que el valor de la Ucau podrá ajustarse periódicamente o cuando sea necesario, a través de una resolución conjunta entre los Ministerios de Planificación y de Economía y Finanzas, mientras que la UT debe ser actualizada anualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor del año inmediatamente anterior.

Información de: Sumarium