CPI considera que hay una base razonable para pensar que en Venezuela hubo violación de DDHH

Según el informe presentado por Khan, el Estado venezolano no ha demostrado que la CPI carece de jurisdicción.

El fiscal general de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, presentó un informe en el que responde las observaciones realizadas por las autoridades venezolanas respecto al caso Venezuela I, en el que se investiga al Estado por la presunta violación de los derechos fundamentales de los ciudadanos desde 2017, con el propósito de que continúen las investigaciones en esa instancia.

Según el informe presentado por Khan, el Estado venezolano no ha demostrado que la CPI carece de jurisdicción y que en las investigaciones presentadas por Venezuela «no reflejan suficientemente la investigación prevista por la Corte» porque, a su juicio, no se han hecho averiguaciones reales contra la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en el país.

Por ello, la Fiscalía considera que hay una «base razonable» para pensar que en Venezuela sí hubo vulneraciones a los derechos fundamentales de los ciudadanos en el país, que deben ser ser investigadas a fondo y ser procesadas en caso de ser necesario.

Sin embargo, reconoció los esfuerzos del Estado para adelantar procesos legales y esclarecer los hechos, aunque advierte que han sido pocos en relación a la cantidad de denuncias y que las investigaciones solo tocaron a funcionarios de bajo rango y autores materiales, sin escalar a otras instancias responsables a nivel intelectual.

¿Cuáles son los aspectos más importantes del informe de la CPI?

La Fiscalía de la CPI refutó el argumento del Estado respecto a la transitoriedad de las detenciones durante las manifestaciones, alegando que el hecho de argumentar que fue un tiempo breve el que estuvieron tras las rejas los manifestantes, «no desaplica los elementos materiales para la privación de la libertad física».

De igual forma, indica que para que haya una acusación de supuesta tortura, obligatoriamente la víctima tiene que estar bajo custodia o bajo control de quien ejerce la acción, por lo que la Fiscalía de la CPI señala que grupos civiles armados pueden ejercer este tipo de acciones al igual que funcionarios adscritos a cuerpos de seguridad.

En el informe se diferencia también que los delitos por tratos crueles y violación u otras formas de violencia sexual, se componen de elementos distintos y contemplan diferentes intereses y daños protegidos.

«Una investigación o condena por los delitos anteriores puede no abordar necesariamente todos los mismos hechos ni reflejar el daño diferenciable sufrido por una víctima del delito de violación o de otras formas de violencia sexual», dice el texto.

Además, se refuta que exista incertidumbre respecto al delito de persecución, como alega el Ejecutivo venezolano, y recuerda que es considerado un crimen desde 1945.

Información de: ÚR